Jerarquía de las leyes en México

Nota publicada en “El Universal”
Por Carlos Avilés
Jueves 08 de marzo de 2007
http://www.eluniversal.com.mx/nacion/149067.html

Hasta mayo de 1999, los pactos mundiales estaban por debajo de la Constitución e igual que las normas nacionales.

Los criterios que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en temas polémicos y de alto impacto en la vida nacional se han vuelto, en los últimos tres años, frágiles y susceptibles de sufrir cambios radicales en cuanto a su postura, que pueden ir de un extremo a otro, dependiendo únicamente de quiénes formen parte del máximo tribunal del país. Eso es lo que ha pasado cuando a la Corte se le ha preguntado, en diferentes momentos, cuál es la jerarquía que tienen los tratados internacionales en México.

De diciembre de 1992 a mayo de 1999, en el máximo tribunal del país prevaleció la idea, plasmada en la tesis P.C/92, de que lo que decían los tratados internacionales estaba por debajo de la Constitución, pero tenía la misma jerarquía normativa que las leyes nacionales.

Es decir que en términos prácticos, en orden de jerarquía la Constitución era la principal norma de México y, en un segundo término, en igualdad de condiciones, se encontraban los tratados internacionales y las leyes nacionales.

En 1999 la SCJN, al revisar un juicio de amparo que promovió el Sindicato de Controladores del Transporte Aéreo, estableció un criterio aislado en el sentido de que los tratados tenían una jerarquía superior a todas las leyes y, por ende, la validez de las mismas dependía de su concordancia con los tratados.

Para unos la decisión de los ministros era la correcta; para otros los tratados debían ubicarse a la par de la Constitución mexicana, y para otros más no era posible establecer una jerarquía, y menos de inferioridad, entre los tratados y las leyes.

A ocho años de distancia, con tres nuevos ministros -distintos a los que originalmente emitieron el fallo en 1999- y después de someter a análisis este tema durante más de dos años, el pleno de la Corte, en esencia, ratificó el criterio sobre la jerarquía que tienen los tratados en la vida jurídica de nuestro país. Aunque con un matiz y después de una votación dividida de seis contra cinco.

Esta votación hace posible que el criterio de la Corte pueda ser modificado en cuanto los ministros Genaro Góngora Pimentel y Mariano Azuela Güitrón culminen el periodo para el que fueron elegidos y sean sustituidos en diciembre de 2009.

La mayoría de los ministros -de la que formaron parte Góngora y Azuela- determinaron que los tratados internacionales, junto con lo que denominaron “leyes generales”, son las normas de mayor importancia en la República mexicana, después de la Constitución.

En otras palabras, en esta ocasión la Corte situó en el mismo nivel a los tratados internacionales y las “leyes generales”.

Dentro de las “leyes generales” sólo se encuentran aquellas que el Congreso tuvo que emitir por mandato expreso de algún artículo de la Constitución, como es el caso de la Ley General de Educación, la Ley General de Seguridad Pública y la Ley General de Asentamientos Humanos.

Por debajo de las leyes generales y de los tratados internacionales, la Corte ubicó a todas las demás leyes, federales, estatales y del Distrito Federal (que pueden emitir, de manera libre, el Congreso de la Unión, los congresos estatales y la Asamblea Legislativa del DF), así como las normas municipales.

La consecuencia de esta decisión es que todas las leyes o normas que vayan en contra de lo que establecen los tratados internacionales pueden ser declaradas inconstitucionales.

 

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